
El fin de la FARH es la representación de las entidades religiosas practicantes de las Antiguas Religiones Hispánicas, a los efectos expresados en él, para impulsar y facilitar su práctica.
Condiciones de ingreso de nuevas entidades religiosas en esta Federación:
1.- Estar debidamente registradas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia del Reino de España.
2.- Practicar los ritos de alguna de las Antiguas Religiones Hispánicas Paganas.
3.- Rechazar de forma total y plena a todo tipo de acto violento, discriminatorio o delictivo.
4.- Ser avalada por al menos dos entidades religiosas ya federadas.
Facultades del Secretario General.
1.- La Plena representación legal de la Federación.
2.- Velar por el cabal cumplimiento del fin de la Entidad.
3.- Representará legalmente a la Entidad en la celebración de cuantos actos jurídicos y contratos se deriven de los acuerdos del Asamblea General, salvo que en el momento de adoptarse el acuerdo se hubiera delegado la representación en algún miembro en particular.
4.- También, previo acuerdo de la Junta Directiva, representará a la Entidad en cuantos litigios, cuestiones y asuntos administrativos, gubernativos, judiciales y extrajudiciales, resulte interesada la Entidad como demandante o demandada, o por cualquier otro título, hallándose facultado para otorgar poderes a abogados y procuradores para que representen a la Entidad ante toda clase de autoridades u órganos jurisdiccionales.
5.- Abrir y cancelar cuentas bancarias o cartillas de ahorro, pudiendo disponer de fondos de las mismas, librar talones y, en general, cuantas operaciones se deriven de la existencia de tales cuentas y cartillas, con la firma mancomunada de cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
6.- La firma social en cuantos asuntos le incumban.
Contacto:
federacion@antiguareligion.es
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